Ordenanza de protección del medio ambiente atmosférico
Aprobación definitiva: acuerdo Pleno de 22/03/1994
BOPA nº 123 de 30-V-1994.
El Consejo Sectorial de Medio Ambiente es un órgano del Ayuntamiento de Oviedo de participación sectorial que tiene carácter propositivo, consultivo y de asesoramiento no vinculante, para todos aquellos órganos municipales relacionados con la conservación, defensa y protección del medio ambiente.
Presidencia (delegada):
D. Ignacio Cuesta Areces, Concejal de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras y Distritos (Resolución de Alcaldía nº 2019/17723, de 18/11/2019).
Secretaría:
D. Guillermo Estrada Varela, titular; Dña. Alicia Fuertes Suárez, suplente; por delegación del Secretario General del Pleno (delegación realizada con fecha 18/11/2019).
Vocales:
Acuerdo Pleno 4/01/2022.
Será competencia del Consejo la emisión de informes, así como la formulación de propuestas y sugerencias a los órganos representativos oportunos, que puedan suponer mejoras en las condiciones de prevención, conservación, defensa y protección ambiental del Municipio, así como cualquier otra que se le atribuya, relacionada con tal fin.
Sus funciones específicas, detalladas en el artículo 4 del Reglamento, son las siguientes:
1.- Fomentar la protección y promoción de la calidad de vida, el patrimonio cultural y los valores y los recursos naturales en el ámbito de las competencias del Ayuntamiento.
2.- Promover y fomentar la participación directa, en el ámbito de la defensa medioambiental, por parte de las personas, entidades y sectores afectados o interesados, estableciendo a tal efecto mecanismos de estímulo, seguimiento e información.
3.- Promover y fomentar el asociacionismo y la colaboración entre organizaciones e individuos y la participación colectiva en defensa del medio ambiente e impulsar y promover acuerdos entre la Administración, asociaciones e instituciones. Potenciar y coordinar la colaboración entre diferentes entidades y la de carácter institucional, especialmente con las administraciones de los Concejos del entorno, en temas relacionados con el medio ambiente.
4.- Hacer propuestas en los diferentes programas y actuaciones dirigidas a la concienciación, sensibilización y solidaridad ciudadana con su entorno, así como colaborar en su puesta en marcha con los demás órganos municipales.
5.- Emitir propuestas e informes, cuando lo soliciten los órganos municipales competentes, sobre las sugerencias e iniciativas dirigidas a la Corporación en materia medioambiental.
6.- Debatir sobre los asuntos que desde otros órganos municipales se le sometan o considere y solicite el propio Consejo, valorando la información, el seguimiento y evaluación de los programas que afectan a sus funciones.
7.- Fomentar la defensa de los derechos de las personas mediante la aplicación de políticas y actuaciones integrales.
8.- Promover la realización de estudios, informes, políticas y actuaciones dirigidas al fomento de comportamientos ciudadanos que faciliten la conservación del entorno y eviten su deterioro, así como colaborar con su puesta en práctica.
9.- Informas, a instancia del órgano municipal competente, los programas y planes de carácter medioambiental que se ejecuten en el Ayuntamiento.
10.- Cualquier otra medida que se acuerde por el Consejo, integrada dentro del ámbito de sus competencias.
11.- Para el adecuado desempeño de las funciones anteriores, el Consejo podrá recabar información, previa petición razonada, de los departamentos municipales.
Concejalía de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras y Distritos
Calle del Peso 2, 6ª planta
33009 OVIEDO
Teléfono: 985 981809
Correo electrónico: concejalia_urbanismo@oviedo.es
Reglamento del Consejo Sectorial de Medio Ambiente
Aprobado por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 6 de noviembre de 2018
Publicado en el BOPA nº 284, de 10 de diciembre de 2018
Aprobación definitiva: acuerdo Pleno de 22/03/1994
BOPA nº 123 de 30-V-1994.